Delincuencia juvenil, delitos juveniles y procedimientos de infractores juveniles en Nueva York
Cuando un menor de 16 años es arrestado en Nueva York por presuntamente cometer un delito, generalmente se le acusa de cometer un "acto delictivo" y se le trata como un "delincuente juvenil" en la Corte de Familia. Esto significa que se les trata de manera diferente a los adultos en la corte penal debido a su edad. Según la ley en el Artículo 3, Sección 301.2(a) de la Ley de la Corte de Familia, un delincuente juvenil es alguien entre siete y dieciséis años que comete un delito pero no se considera responsable penalmente debido a su corta edad.
El proceso de delincuencia juvenil es similar al de ser acusado de un delito como adulto, pero hay diferencias importantes. En la Corte de Familia, un juez puede decidir sobre la supervisión, tratamiento o confinamiento del menor. Sin embargo, hay margen para la negociación entre el abogado del menor, el fiscal y el juez para llegar a un resultado justo. En algunos casos, los menores de 13 a 15 años acusados de delitos violentos graves pueden ser procesados como adultos en la corte penal. Pero incluso si se les trata como adultos, un menor de 13 a 15 años será un "delincuente juvenil" y no tendrá un registro "criminal" si son encontrados culpables.
La diferencia entre ser etiquetado como "delincuente juvenil" y ser condenado como adulto es grande. Un "delincuente juvenil" es alguien entre 13 y 15 años que se le acusa de cometer delitos muy graves; aunque no tendrá el mismo historial criminal que un adulto, aún puede enfrentar consecuencias y castigos graves similares a los adultos.
El manejo de delitos que involucran a menores requiere experiencia legal especializada porque es un sistema diferente a los casos penales regulares. Involucra problemas únicos como la dinámica familiar, el papel del juez de la Corte de Familia y las agencias involucradas en la prosecución. Por eso es crucial contar con un abogado que comprenda tanto el derecho penal como los procedimientos judiciales de menores.
INICIANDO UN CASO DE MENORES
Los casos de menores comienzan con un arresto, al igual que los casos de adultos. Dependiendo de la edad del menor, pueden pasar por el sistema de la Corte Criminal o ir directamente a la Corte de Familia. Si el menor es llevado a la Corte de Familia, y si los cargos proceden, habrá una "audiencia" de determinación de los hechos, que es como un "juicio" en un caso de adulto, pero sin jurado. El menor tiene las mismas protecciones constitucionales que todos los demás, y la policía y el fiscal deben seguir la ley para probar los cargos. Una vez que se presentan oficialmente los cargos, el menor es llevado ante un juez de la Corte de Familia. El menor puede ser detenido en un centro de detención de la Administración de Servicios para Niños (ACS), Servicios de Protección Infantil (CPS) o una entidad análoga hasta que un juez de la Corte de Familia esté disponible para escuchar el caso.
PROCEDIMIENTO DE CRIMEN JUVENIL
Los procedimientos pueden ser confusos en la Corte de Familia de Nueva York en procesamientos de menores. Si los cargos proceden contra un menor, la Corte programará una "audiencia" de determinación de los hechos, que es como un "juicio" en un caso de adulto, pero sin jurado. Al igual que con cualquier otro juicio, la carga de la prueba recae en el fiscal para probar los cargos y no en el menor o el abogado defensor de la Corte de Familia. El fiscal normalmente llamará a testigos que proporcionen pruebas testimoniales a favor de los cargos. El fiscal puede presentar pruebas físicas de diversos tipos, y el abogado defensor del menor tendrá la oportunidad de presentar pruebas y interrogar a los testigos de la acusación. El juez de la Corte de Familia actuará tanto como juez de la ley como de los hechos, lo que significa que la culpa o inocencia del menor dependerá completamente de las manos del juez de la Corte de Familia.
Si el menor es encontrado culpable, el juez puede decidir diferentes sentencias, como libertad condicional, asistencia a un programa o ser ingresado en un centro de detención juvenil. Es importante estar preparado y diligente en la protección del futuro del menor, ya que un error no debería definir toda su vida.
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Matthew Dusenberry es un abogado de defensa criminal en Brooklyn, Nueva York.
Harry Dusenberry ha practicado Derecho de Defensa Criminal y DWI en la Ciudad de Nueva York por más de 40 años.
Oficina de Abogados de Dusenberry & Dusenberry, 107 Smith Street, Brooklyn, NY 11201. 718-625-1777.
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